ARTÍCULO 1
Guía Completa de Normativas EPIs en España 2026
Marco legal vigente
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL): norma marco. Su artículo 17.2 obliga al empresario a proporcionar gratuitamente EPI adecuados y velar por su uso efectivo.
Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, modificado por el Real Decreto 1076/2021, de 7 de diciembre (modifica los arts. 2.3, 6.1, disposición final 2ª, anexos I–III y suprime el anexo IV para armonizarse con el Reglamento UE 2016/425). Establece las disposiciones mínimas para la elección, utilización y mantenimiento de EPI por los trabajadores.
Reglamento (UE) 2016/425, de 9 de marzo de 2016, relativo al diseño y comercialización de los EPI. Sustituye a la Directiva 89/686/CEE. Categoriza los EPI en:
Categorías de EPI
Riesgos mínimos
Autocertificación por el fabricante mediante Módulo A. Riesgos cubiertos: agresiones mecánicas superficiales, productos de limpieza débiles, superficies calientes ≤50°C, luz solar no directa, condiciones atmosféricas no extremas.
Riesgos intermedios
Examen UE de Tipo (Módulo B) por Organismo Notificado.
Riesgos graves o irreversibles
Módulo B + Módulo C2 (controles aleatorios) o Módulo D (auditoría anual). Marcado CE seguido del número de cuatro dígitos del Organismo Notificado. Riesgos cubiertos: sustancias químicas peligrosas, agentes biológicos, radiaciones ionizantes, ambientes >100°C o ≤-50°C, caídas de altura, descargas eléctricas, ahogamiento, sierras de cadena manuales, chorros de alta presión, heridas de bala/blanca, ruido nocivo.
Obligaciones del empresario (RD 773/1997, art. 3)
- Determinar puestos donde se requiere EPI mediante evaluación de riesgos.
- Elegir los EPI adecuados manteniendo información disponible.
- Proporcionar gratuitamente los EPI y reponerlos cuando proceda; el coste nunca puede recaer en el trabajador.
- Velar por su uso conforme a las instrucciones del fabricante.
- Informar y formar a los trabajadores sobre uso, riesgos protegidos y limitaciones.
- Asegurar el mantenimiento conforme al artículo 7.
Obligaciones del trabajador (art. 10)
- Utilizar y cuidar correctamente los EPI.
- Colocarlos tras su uso en el lugar indicado.
- Informar de inmediato de cualquier defecto al superior jerárquico directo.
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Actualizaciones regulatorias 2025-2026
Decisión de Ejecución (UE) 2025/286, de 13 de febrero de 2025: actualiza normas armonizadas para protectores auditivos, EPI contra caídas y protección ocular/facial. Aplicable desde su publicación; supresión de referencias el 11/11/2025 (ocular y facial) y el 14/08/2026 (resto). Retira EN 175:1997 (sustituida por EN ISO 16321-2:2021).
Decisión de Ejecución (UE) 2025/895, de 14 de mayo de 2025: actualiza protectores auditivos, EPI anticaídas, alpinismo, rodilleras, ropa contra picaduras de garrapatas, cascos eléctricamente aislantes. Incorpora EN 353-2:2024, EN 958:2024, EN 14404-2/4/6:2024, EN 17109:2020+A1:2024, EN 17487:2024. Aplicación plena: 16 de noviembre de 2026.
Reglamento (UE) 2024/2748, de 9 de octubre de 2024: introduce procedimientos de emergencia para evaluación de conformidad, presunción de conformidad y vigilancia del mercado en caso de emergencia del mercado interior.
Certificados UE de Tipo: validez máxima 5 años; obliga a revisión periódica de la conformidad.
Principales normas técnicas armonizadas
| UNE-EN ISO 13688:2013 + A1:2021 | Requisitos generales de ropa de protección, base obligatoria; no se usa sola. |
|---|---|
| UNE-EN ISO 20471:2013 + A1:2016 | Alta visibilidad. |
| UNE-EN ISO 11612:2018 | Calor y llamas, sustituye a EN 531. |
| UNE-EN ISO 11611:2015 | Soldadura. |
| UNE-EN ISO 14116 | Propagación limitada de llama, riesgo bajo. |
| UNE-EN 1149-5 | Propiedades electrostáticas. |
| UNE-EN 343 | Protección contra lluvia. |
| UNE-EN 14058 | Ambientes fríos moderados, sensación térmica >-5°C. |
| UNE-EN ISO 20345:2022 | Calzado de seguridad. |
| UNE-EN ISO 20346:2022 | Calzado de protección, puntera 100 J. |
| UNE-EN ISO 20347:2022 | Calzado de trabajo sin puntera. |
| UNE-EN 61482-1-2 | Protección contra arco eléctrico. |
| UNE-EN 469:2020 | Ropa de bomberos estructurales. |
Sanciones (LISOS, RD Legislativo 5/2000)
FAQ
¿Qué normativa regula los EPIs en España?
Los EPIs en España se regulan principalmente por la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, el Real Decreto 773/1997 y el Reglamento (UE) 2016/425.
¿Es obligatorio que la empresa proporcione los EPIs gratuitamente?
Sí. La empresa debe proporcionar gratuitamente los EPIs adecuados y reponerlos cuando sea necesario. El coste no puede recaer sobre el trabajador.
¿Qué diferencia hay entre un EPI de Categoría II y Categoría III?
La Categoría II cubre riesgos intermedios y requiere Examen UE de Tipo. La Categoría III cubre riesgos graves o irreversibles y requiere controles adicionales o auditorías periódicas.
¿Cada cuánto deben renovarse los EPIs?
No existe una periodicidad universal fija. Deben renovarse cuando estén deteriorados, hayan perdido prestaciones, hayan superado su vida útil o cuando lo indique el fabricante o la evaluación de riesgos.
¿Qué puede pasar si una empresa incumple la normativa EPI?
Puede enfrentarse a sanciones leves, graves o muy graves, además de la posible paralización de trabajos o cierre del centro si existe riesgo grave e inminente.